Visto el escrito Transaccional firmado por las partes, en fecha 11 de los corrientes, por ante la Notaría Pública del Municipio Bermúdez, en fecha quedando anotado bajo el Nº 47 Tomo 32 de los Libros de autenticaciones llevados por esa Notaría, y consignado por los apoderados judiciales de los actores, Abogs. DEYANIRA VALERIO y EMILIO MARCANO, cursante a los 106 al 113, en el que la demandada expresamente propone a los actores:
1) Ajustar la pensión de jubilación mensual conforme al salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional el cual comenzará a pagarse a partir del 15 de marzo de 2013.
2) A la ciudadana: BENIGNA VILLAHERMOSA DE CARABALLO, se le ofrece pagar la cantidad de Bs. 36.951,30
3) A la ciudadana: JOSEFINA DEL VALLE MOLINA, se le ofrece pagar la cantidad de Bs. 36.951,30
4) A la ciudadana: BIENVENIDA COVA DE GARCIA, se le ofrece pagar la cantidad de Bs. 35.882,05
5) A la ciudadana: ROSA CECILIA SALAZAR DE GUTIERREZ, se le ofrece pagar la cantidad de Bs. 34.955,55.....