este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al ciudadano CARLOS ALBERTO MARÍN RINCONES, venezolano, natural de Cumaná, titular de la cedula de identidad N° 19.978.073 de 24 años de edad, fecha de nacimiento 11-12-1987, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Carmen Rincones y Luis Alberto Marín y residenciado en el Sector San Francisco, Plaza Quetepe, Casa N° 02, frente al Convento de San Francisco, Cumaná, Estado Sucre, teléfono 0414-843-3051, CONDENADO a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancio.....