Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley ACUERDA: CON LUGAR, la solicitud de revisión de medida interpuesta por la abogada Defensora Primera Penal Ordinario, impone medida cautelar sustitutiva de la privación judicial de libertad al acusado JOSÉ JESÚS MARCHÁN MÁRQUEZ, venezolano, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V 20.064.848, soltero, nacido en fecha 31-12-86, natural de Cumaná, de oficio vigilante, hijo de Jesús Marchan y Belkis Márquez, residenciado en San Lorenzo; calle Junín, cerca de la cancha deportiva casa sin numero, Cumaná, Estado Sucre; la cual se le iniciara por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 149 concatenado con el .....