Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Juicio, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley procede a CONDENAR: al ciudadano: ALVARO JOSE MARTINEZ, venezolano, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.452.524, nacido el 09-06-1962, profesión u oficio comerciante, hijo de Benedicto Martínez y Alfredo Rosal, residenciado en Porlamar, calle Zamora con Martínez, casa 13-100, Estado Nueva Esparta, a cumplir la Multa de DOS BOLÍVARES FUERTES (2,00 Bsf), multa esta ajustada a las variaciones de la moneda, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 278 del código penal, para la fecha en que ocurrió el hecho.