En atención a los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Declara SIN LUGAR la oposición a la medida cautelar de SECUESTRO decretada por este Despacho Judicial en fecha 27 de Enero de 2025, planteada por los abogados LEOCADIO ARMANDO ISASIS CASTAÑEDA y PAOLA MARINA INDRIAGO GONZALEZ, abogados en ejercicio inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los números 67.053 y 132.465 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil de este domicilio denominada PESQUERA RORAIMAC.A; inscrita en la Oficina d registro Mercantil Primero del Estado Sucre el día dieciséis (16) de noviembre de dos mil doce (2012), bajo el N° 8, Tomo 35-A en el juicio que por C.....