Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la acción de DIVORCIO intentada por el ciudadano EUVELIO DANIEL LA ROSA ZABALA contra la ciudadana MARLÍN MAYAURI ÁVILA MARCANO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 17.216.663 y 19.896.578, respectivamente; en consecuencia, queda disuelto por divorcio en base al Artículo 185 causal 2ª del Código Civil. Y ASÍ SE ESTABLECE-