Por las consideraciones antes expuestas el Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, previa solicitud del abogado GERSÓN MIGUEL VILLAMIZAR GARCÍA, Fiscal Superior del Ministerio Público del Estado Sucre, ORDENA EL CESE DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN, consistente en Apostamiento Policial Permanente por parte de funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, decretada en fecha 8 de enero de 2008 por el Juzgado Primero de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, sobre la base de los artículos 285 numerales 1 y 6 último aparte del 30, 43 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 23 y 118 del Código Orgánico Procesal Penal, 1,2,4,5,7 y 30 de la Ley Sobre Protección a Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales; a favor de la ciudadana MARÍA TERESA BETANCOURT y miembros de su núcleo familiar, víctimas de delitos contra las.....