En mérito de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA por admisión de los hechos, al imputado: GREBYS XAVIER RODRÍGUEZ NUÑEZ venezolano, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación agricultor, nacido en fecha: 03-11-89, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-25.582.315, residenciado en La Llanada, sector la Franja, ciudad bendita de esta ciudad, a cumplir la pena de: DOS (2) AÑOS DE PRISION por el delito de: DISTRIBUCIÓN MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el Tercer Aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, se condena a las penas accesorias de las establecidas en el Artículo 16 Ejusdem. La referida pena se cumplirá aproximadamente en .....