Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud presentada por la Defensora Pública Penal del sancionado y declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida al adolescente XXXXXXXXXXXXXX; quien fue sancionado a cumplir la medida de privación de libertad por el lapso de cinco (05) años por su participación en los delitos de robo agravado y lesiones personales leves previstos en los artículos 458 y 416 respectivamente del Código Penal cometido en perjuicio de los ciudadanos XXXXXXXXXXXXXX y cooperador inmediato en el delito de homicidio intencional calificado, robo y desvalijamiento de vehículo automotor, previstos en los artículos 405, del Código Penal Venezolano, vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos en concordancia con el articulo 83 ejusdem y los artículos 5 y 6 numerales 2, 3 Y 5.....