y éste Tribunal siendo la oportunidad para decidir el presente juicio, lo hace con fundamento en las siguientes motivaciones:
Durante el lapso probatorio, únicamente la parte actora, promovió pruebas, consistiendo las mismas en reproducir el mérito de autos que favorecen a su representada; asimismo promovió las testimoniales los ciudadanas: YUDELSY DEL VALLE HERNÁNDEZ y HECTOR LUIS FERMIN ROJAS, los cuales rindieron sus respectivas declaraciones por ante este Tribunal respectivamente, testigos hábiles y legalmente juramentadas y quienes en forma similar declararon: "Que sí los conocen"; "Que si fue así"; "Que si les constan, ya que casi siempre era en su lugar de trabajo", "Que si me constan, demasiadas veces ya que son compañeros de trabajo y vecino y vivían eso". "Que Sí me consta, que ella agoto todo para subsanar la situación".-
Declaraciones éstas que al no ser desvirtuadas, ni contradictorias, el Tribunal las aprecia de conformidad con lo dispuesto en e.....