DISPOSITIVA
Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Mixto Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, por unanimidad, declara CULPABLE al acusado JUAN GABRIEL GARCÍA GÓMEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.703.564, domiciliado en el sector “Los Andes” casa sin número, vía San Juan de Macarapana de esta ciudad, Estado Sucre, de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal en perjuicio del ciudadano ARGENIS JOSE ORTIZ ORTIZ (OCCISO), en consecuencia se le condena a cumplir la pena TRECE (13) AÑOS SEIS MESES (06) DE PRESIDIO, pena que cumplirá aproximadamente para el día 29 de Mayo de 2020.- Se le condena así mismo a las accesorias de Ley. A tenor de lo previsto en el penúltimo aparte del artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, dado que la presente sentencia es condenatoria y.....