Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara con lugar La Cesación de las medidas de libertad asistida y Reglas de conducta impuestas a "OMISSIS" por la comisión del delito de Robo Agravado, Tipificado en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Maria Gabriela Figueroa. Archívese en su debida oportunidad. Cúmplase
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares G.
Abg. Maria José Martinez C.