DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el convenimiento realizado por las partes en el presente procedimiento y considera la causa pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, el ciudadano LUIS TOVA HERNANDEZ, identificado ut supra, queda obligado a suministrarle a su hija, OMISIS, por concepto de REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,oo) mensualmente, a comprarle sus ropas y juguetes en el mes de diciembre, consignando las facturas en el Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescentes del Municipio Benítez del Estado Sucre, para la revisión y firma de la progenitora, los gastos ocasionados por pago de médicos, medicinas, uniformes y útiles escolares, serán compartidos con la pr.....