DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumana, constituido en Tribunal Mixto con Escabinos, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, CONDENA POR CONSENSO al acusado: ALEXANDER ROBERTO BRITO DE LUQUE, de Nacionalidad Colombiana, estado civil soltero, de 45 años de edad, titular de la cedula de identidad N° E. 82.007.997, fecha de nacimiento 11-11-58, natural de Río Hacha, Departamento de la Guajira Colombiana, residenciado en el Barrio Marite, calle 130 Maracaibo Estado Zulia, cumplir la pena de: (15) QUINCE AÑOS DE PRISIÓN, en el establecimiento carcelario que determine el juez de Ejecución competente, ello por encontrarlos culpables de la comisión del delito de: OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO¿, previstos y sancionados en los artículos 34 de l.....