Siendo la oportunidad legal para decidir sobre la Articulación Probatoria aperturada en el presente juicio, este Tribunal pasa a hacerlo de la siguiente manera:
Que en fecha 20 de Septiembre del 2013, oportunidad legal para que se llevara a cabo la Contestación a la Demanda en el presente juicio, se dictó Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva, donde se declaró la extinción del proceso, por cuanto la actora, ciudadana: DOMINGA DOMITILA GONZALEZ, no compareció al mismo.
Sin embargo es de hacer notar, que el día que correspondió dicho acto, la ciudadana: DOMINGA DOMITILA GONZALEZ RODRIGUEZ, plenamente identificada en autos, estuvo en la sede del Tribunal, de lo cual tuvo conocimiento esta Juzgadora y de lo que da fe el personal que labora en el mismo, solo que compareció sin asistencia de Abogado, lo cual, siendo este requisito, una formalidad que lejos de constituir una informalidad insustancial, constituye una garantía del derecho al debido proceso, a tenor de lo dispues.....