Seguidamente este Tribunal Unipersonal de Juicio Sección Adolescentes, procede a pronunciar la parte dispositiva del fallo, lo cual hace en los siguientes términos: una vez realizado un minucioso análisis de las pruebas que fueron debatidas en el presente juicio oral y reservado, con estricta observancia del artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, fue tomada la decisión siguiente: este Tribunal Unipersonal de Juicio de la Sección de Adolescentes del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Se declara ABSUELTO al ciudadano XXXXXX, titular de la cédula de identidad No. XXXXXX, de nacionalidad venezolana, de 16 años de edad, nacido en fecha 27-12-1995, soltero, de ocupación estudiante, hijo de XXXXXX y XXXXXX, residenciado en la XXXXXXXXXX; por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN GRADO DE COMPLICIDAD,.....