El TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por haber quedado suficientemente demostrada la existencia del delito de Lesiones Genéricas, y la autoría de la acusada, se declara CULPABLE a la acusada y se le CONDENA por el delito de LESIONES GENERICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana YANIRIS BAUTISTA RIVERO DE RUIZ, a la ciudadana YARUMA DEL CARMEN MARCANO GONZALEZ, venezolana, nacida en fecha 24/04/1978, de 34 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.035.481, casada, profesión u oficio del hogar, hija de Carmen Josefina González de Marcano y Otilio Rafael Marcano, con domicilio en la Urbanización La Llanada, Sector I, Calle 4, Casa N° 7, Cumaná, Estado Sucre, Teléfono: 0293-644.03.41; a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN MAS LAS ACCESORIAS DE LEY. Se acuerda que se ma.....