este Tribunal Quinto de Control del segundo Circuito Judicial del Estado Sucre Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad para la imputada Maryuris del Carmen Alfonso Acosta, Venezolana , mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 18.215.192, Nacida en fecha 30-11-83, oficio ama de casa, edad 20 años, hijo de Gregoria de González Acosta y Jesús E Acosta, domiciliada en; La Guama de Rio Seco (Cerca de la Escuela Buenos Aire). Municipio Arismendi, en virtud de encontrarlo incurso en la comisión del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas.-