Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Marítimo, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara: INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer del juicio que por DECLARACIÓN DE AUSENCIA, sigue el abogado Marcos Wilmen Fuentes Sifontes, inscrito en el inpreabogado bajo el nro 154830, quien actúa en nombre y representación de la ciudadana INDIRA DENISE ROOS RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad nro 12.663.854. según poder consignado a los autos y ésta en representación de su hija adolescente SAMANTA DENISSE CALZADILLA ROOS; y así mismo, DECLINA LA COMPETENCIA en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a quien corresponda previa su distribución y, a quien se acuerda remitir las presentes .....