DECISIÓN
Este Tribunal Unipersonal Accidental de Juicio de la Sección de Adolescente, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE PRIMERO: Se ABSUELVE a los acusados Absuelve a los acusados OMISSIS y OMISSIS, por el delito de Robo de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el articulo 5 de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículo, en perjuicio de los ciudadanos Damaris Rivera Molina y Miguel Bellorín Velásquez, todo de conformidad con el contenido de los artículos 602 literal E de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 366 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda la inmediata libertad desde esta sala de audiencias del acusado OMISSIS. Líbrese boleta de libertad y oficio al ciudadano Comandante de Policía de esta ciudad. TERCERO: Se ordena el cese de cualquier medida coerción personal que pese en contra de los ciudadanos absueltos. CUARTO: Conforme a la Circular N° 139-20.....