DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho, anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al ciudadano ADOLFO DEL JESÚS ROJAS COVA, venezolano, de 29 años de edad, natural de Irapa, Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad N° 15.596.344, de profesión u oficio agricultor, nacido en fecha 30-11-1978, hijo de Erimeo Marcelino Rojas y Toribia Cova, domiciliado en Cachipal, sector Polo Sur, carretera nacional, casa s/n, cerca de la gallera, Municipio Cajigal, Estado Sucre; por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Yoneida Asunción Mata Gordones, y el delito de Lesiones Personales.....