PRIMERO: Consta a los folios 238 al 242, decisión dictada por éste Órgano Jurisdiccional en fecha 06 de Julio de 2006, mediante la cual negó la declaratoria de la perención de la instancia, solicitada por la parte accionada.
SEGUNO: Consta al folio 244, diligencia de fecha 13 de Julio de 2006, suscrita por la demandada de autos, a través de la cual ejerció el recurso de apelación contra la decisión antes citada.
TERCERO: Consta al folio 247, auto de fecha 17 de Julio 2006 emanado de este Juzgado, que oyó en un solo efecto el recurso de apelación interpuesto, acordando a tales efectos la remisión de las copias certificadas que señalara la parte apelante y las que a bien indicara este Tribunal.
CUARTO: Consta al folio 248 poder apud- acta, conferido por la parte accionada-apelante a profesionales del derecho de su confianza.
QUINTO: Consta al folio 258, cómputo de los días de despacho transcurridos en este Tribunal, desde el 17 de Julio de 2006 exclusive, fecha del auto.....