D E C I S I Ó N
Por todos los motivos de hecho y de derecho que anteceden este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con plena competencia en materia Agraria, dando fiel resguardo a la seguridad agroalimentaria del país. DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN planteada por el ciudadano GEISER JOSE RDRIGUEZ HERRERA, asistido por el abogado EDGAR VALLEJO JIMENEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.206. SEGUNDO: SE CONFIRMA LA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGRICOLA dictada el día diecisiete (17) de abril de 2017, contra el ciudadano GEISER JOSE RODRIGUEZ HERRERA, titular de la cédula de identidad N° V-11.824.059. TERCERO: Que el ciudadano GEISER JOSE RODRIGUEZ HERRERA, titular de la cédula de identidad N° V-11.824.059, se ABSTENGA por su parte y/o a.....