Que a pesar que el actor señaló en el libelo haber recibido múltiples maltratos, excesos e injurias por parte de su esposa, que hacían imposible la vida en común, lo que lo obligó a abandonar el hogar conyugal, y por tales motivos no consta en autos autorización alguna para separarse del hogar, con fundamento en el Ordinal 3° del artículo 185 del Código Civil.
En cuanto a la Causal Tercera del articulo 185 del Código Civil, es decir, los excesos, sevicias e injurias graves que imposibilitan la vida en común, invocada por el demandante en su libelo de demanda, ésta no quedo plenamente demostrado, en el entendido que la causal invocada a pesar de que esta sentada como única exegeticamente se pone de manifiesto por la disyuntiva incluida que debe tenerse y así lo tiene la Jurisprudencia Patria y la Doctrina, como tres estados de hecho que aisladamente constituye violación del estatus matrimonial siendo el exceso y la sevicia circunstancias cuya realización voluntaria o legal por uno de .....