DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el convenimiento realizado por los ciudadanos: JOSÉ JESÚS y ARIUSKA XIOMARIS NUÑEZ MARCANO , decreta la EXTINCIÓN OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, interpuesta por el ciudadano GREGORIO JESÚS NUÑEZ VALDERRAMA, en sentencia dictada por el Tribunal de menores del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en el Exp. Nº 6.615, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 262 del Código de Procedimiento Civil, asimismo acuerda el archivo del expediente una vez ejecutada la sentencia. Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, regístrese .....