En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR Y MEJIA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: FERNANDO AUGUSTO VELASQUEZ RONDON y JOANN MARIA MARTINEZ ITOSENI, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad números: V- 8.440.826 y 9.941.535, respectivamente, el primero domiciliado en Los Apartamentos, bloque 4, Piso 3, Apartamento 3-3, Marigüitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre, y la segunda domiciliada en el sector Buenos Aires, calle principal, casa Nº. 64, Mariguitar, Municipio Bolìvar del Estado Sucre, debidamente asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio, CARLOS MOYA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo.....