Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal se declaró PRIMERO: PROCEDENTE, la medida cautelar solicitada por el ciudadano Lowis Alberto Manosalva, contra el Instituto Autónomo de Policía del estado Sucre; SEGUNDO: Se ORDENA al Instituto Autónomo de Policía del estado Sucre, proceda a suspender de manera INMEDIATA los efectos del acto administrativo Nº 107-16, de fecha 27 de Diciembre de 2016; TERCERO: SE ORDENA al Instituto Autónomo de Policía del estado Sucre, que proceda a materializar la INMEDIATA reincorporación del ciudadano Lowis Alberto Manosalva al cargo de Oficial Agregado (IAPES) y su inclusión en la Nomina de Pago de dicho Instituto, con el pago de los salarios dejados de percibir desde el egreso hasta su efectiva reincorporación y todos los beneficios socioeconómicos que por Ley le correspondan; CUARTO: SE ORDENA, notificar a las partes de la presente Medida Cautelar.