Por todo lo ante expuesto este Tribunal con competencia en Pensión de Alimentos; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara CON LUGAR la presente Acción de Obligación Alimentaria y en consecuencia condena al demandado ciudadano: PEDRO JESUS CAGUAMO LUNAR, ya identificado, a pasarle a la niña ANDREA VALENTINA CAGUAMO ROJAS antes identificados de tres años de edad y el 25% de todos los ingresos que perciba o por percibir (Salario Aguinaldo Fideicomiso Bono Vacacional, Utilidades y dividendos, y con el adelanto que prevee el Artículo 374 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente decisión esta que se tomo de conformidad con lo que establece los artículos 365 369,30 y 08 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, exigiéndose la puntualidad en la consignaciones establecida, como cualquier otra e.....