PARTE DEMANDANTE: ANTONIO TOMASELLO MINEO Y HERMILIA LORENZO DE TOMASELLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros V-7.522.505 y V-7.525.269, representados por su apoderado Judicial GONZALO ERNESTO BRICEÑO MARCHANI. Abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el N°58.414, carácter que consta en autos.
PARTE DEMANDADA: GUSTAVO ADOLFO MEZOA NORIEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.558.839, acompañado de la abogada en ejercicio EGLYS DEL VALLE CRUCES FARIAS, en su carácter de Defensora Pública en Materia Civil y Administrativa Inquilinaria.