Primero: Que en fecha 16 de julio de 2006 se individualizó como imputado a los adolescentes XXXXXXXXXXXXXXX, quienes fueron impuestos de la investigación iniciada en su contra por el uno de los delitos contra la personas, en perjuicio de los ciudadanos JESÚS ALEJANDRO CARVAJAL VERA y DOUGLAS RAFAEL BELLO, siendo remitida la causa a la Fiscalía Sexta del Ministerio público el 19-07-2206, a los fines legales consiguientes.
Segundo: En fecha 18-12-2007, se recibió solicitud presentada por la defensa donde pide al tribunal se fije un plazo prudencial para que se dicte acto conclusivo en la presente causa.
Tercero: En fecha 19 de Febrero de 2008 se realizó audiencia donde se estableció como plazo prudencial el lapso de treinta (30) días continuos para que el Ministerio Publico dictara el acto conclusivo correspondiente.
Cuarto: En fecha 31-03-2008 el Ministerio Público presentó escrito acusatorio en la presente causa.
Quinto: En atención a lo antes expuesto y por cua.....