Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda DE EXTINCION OBLIGACION ALIMENTARIA solicitada por el ciudadano ISIDRO JOSÉ CARMONA ESPIN contra la ciudadana ROSAURA DEL VALLE SALAZAR, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor de la Adolescente, de conformidad con lo establecido en los artículos 383 y 8 de la LOPNA, en concordancia con el 76 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Jugado de Protección del Niño y del adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los Dieciocho (18) días del mes de Abril del dos mil Cinco.-