Habiendo expuesto la parte Demandante los Motivos por los cuales el Vehículo No podrá ser trasladado a la Depositaria Judicial este Tribunal decreta Judicialmente el Embargo Preventivo que le fuere comisionado por el Comitente Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre. Sobre el bien mueble antes identificado por lo que se da por cumplida la misión del tribunal;