este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a CONDENAR: al ciudadano MIGUEL ÁNGEL VILLALBA LEÓN, venezolano, natural de Irapa Municipio Mariño, del Estado Sucre, de 26 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 18.916.761, nacido el 07/01/1986, hijo de Miguel Villalba e Ireima León, domiciliado en: Sector el Maco calle Bermúdez, casa sin numero, como a dos o tres casa de la bodega de la señora luisa de Irapa Municipio Mariño Estado Sucre, a cumplir la Pena de TRECE (13) AÑOS Y CINCO (05) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley, por la comisión de los delitos SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 03 de la ley contra el Secuestro y la Extorsión Y LESIONES PERSONALES GENÉRICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, con la agravante del artículo 217 de la Ley Orgánica p.....