DECRETA: La Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano JESÚS GREGORIO RAMOS GÓMEZ, venezolano, de 24 años de edad, titular de la Cedula de identidad Nº 17.780.158, natural de Carúpano, nacido en fecha 26/12/1986, hijo de Ana Mercedes Gómez y José Miguel Ramos, de profesión albañil, y residenciado en el sector en la Circunvalación, Invasión Virgen Del Valle, Casa Nº 14, cerca de la bloquera, Carúpano, Estado Sucre; por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con el artículo 163, numeral 7, ejusdem, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, numerales 1°, 2° y 3°; 251, numerales 2°, 3° y 5°, y 252, numeral 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Por otra parte, y en cuanto al mismo hecho imputad.....