Este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 74 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda con lugar la solicitud formulada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en la persona de la Abogada Esleny Muñoz, y en consecuencia se ordena la separación de la causa en lo que respecta al imputado ADOLFO RAFAEL YEGRES, por lo que por efecto de la presente decisión , abrase cuaderno separado para tramitar la causa en relación al citado imputado, para lo cual se acuerda expedir copia certificada de todos y cada uno de los folios que integran la presente causa con inclusión de la presente decisión, a los fines que pueda tramitarse en ella en su debida oportunidad todas las actuaciones a que hubiere lugar respecto al antes identificado imputado en relación con la presente causa; asimismo se acuerda.....