Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la sentencia dictada en fecha 31 de Enero del año2.005, por el Tribunal tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, en contra ciudadano OSCAR EDUARDO GONZALEZ MEDINA , titular de la cédula de identidad 17.955.277, a cumplir la pena de OCHO (8) MESES de Prisión, por la comisión del delito de Robo en la Modalidad de Arrebaton , previsto y sancionado en el Artículo 458 en su primer aparte del Código Penal. En consecuencia. Ejecútese