sanciona por unanimidad al acusado xxxxxxxxxx, a cumplir el lapso de dos (02) años de privacion de libertad de conformidad con los artículos 603 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto en el artículo 460 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de las ciudadanas Diomarys Gabriela Monteverde y Marine Hernandez Perez. Se convoca a las partes para que concurran a la quinta audiencia, a las 03:00 de la tarde a los fines de la Publicación del texto integro de la sentencia, quedan todos notificados con la lectura de la presente acta