Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:INADMISIBLE el RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, interpuesto por la ciudadana YUBISAY MERCEDES CHAPARRO ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.582.408, debidamente asistida por la abogada YULMAYN J. GALANTÓN DIAZ,inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.570, en contra de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE CUMANÁ-ESTADO SUCRE, quien dictó Providencia Administrativa Nro. 000-2024, de fecha 20 de Noviembre de 2024, correspondiente al Expediente Administrativo Nro. 021-2024-01-00280, en la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN DE DESPIDO, incoada por la entidad de trabajo PUERTOS DE SUCRE, C.A., en contra de la ciudadana YUBISAY MERCEDES CHAPARRO ALVAREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-13.....