este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE las pretensiones de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO e INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS, interpuesta por el ciudadano JOSE MIGUEL OLIVEROS, portador de la cédula de identidad Nº V-4.717.097, representado judicialmente por el abogado en ejercicio CARLOS NAVARRO ROSAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 17.920, contra los ciudadanos NORKA JESUS MAGO UROSA y HERMES MAGO UROSA, portadores de la cédulas de identidad Nros. V- 4.184.835 y 4.186.650. Así se decide.