este TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara con lugar la solicitud de la defensa y de la representante fiscal y DECRETA LA PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL en virtud de la extinción de la misma y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra el acusado JESÚS ENRIQUE COVA CABELLO, venezolano, natural de Cumaná Estado Sucre, en fecha 25-02-1971, de 37 años de edad, soltero, mecánico, titular de la cédula de identidad N° 11.323.863 y residenciado en Bolivariano segundo, calle principal N° 06, detrás del INCE de esta ciudad, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 15 ordinal 4° y 42 en concordancia con el artículo 65 numeral 3 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YOLIBETH DEL VALLE HERNÁNDEZ, por haber operado la prescripción extraordin.....