Primero: Que en fecha 16/01/13, al adolescente OMISSIS, se le decretó la medida de Privación de Libertad, para asegurar su comparecencia a la Audiencia Preliminar. Así mismo, al adolescente OMISSIS, fue privado de libertad, el día 18-01-2013, para asegurar su comparecencia a la Audiencia Preliminar; ambos por ante este Juzgado.
Segundo: Ahora bien, en fecha 14-02-2013, con ocasión de celebrarse la Audiencia Preliminar en el asunto Nº RP11-D-2013-000029, la defensora publica, solicita de este Tribunal, se proceda a la Acumulación de las referidas causa, ello en aras de preservar la Unidad del Proceso. Por lo que éste Tribunal, acogiéndose a las normas establecidas en los artículos 70, 73 y 76 del Código Orgánico Procesal Penal, considera ajustado a Derecho el petitorio de la Defensa técnica; vale decir, que Acuerda la Acumulación de las referidas causas, quedando como causa Principal, el asunto Nº RP11-D-2013-000029, donde deberá ser aculado el asunto Nº RP11-D-2013-000033.....