En tal sentido, y en razón de dicha resolución este Tribunal REVOCA por contrario imperio el auto dictado por este Despacho Judicial en fecha 10/02/2011, cursante a los folios 179 al 183 de la presente causa; y en consecuencia, ordena la remisión de este expediente, mediante oficio al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, a fin de que haga su pronunciamiento con respecto a la petición que formulara el Apoderado Judicial de la parte demandada, de que su representada sea juzgada por un Juez Natural. Líbrese oficio respectivo.