Por todas las razones expuestas, éste JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de divorcio intentada por los ciudadanos: PEDRO PATRICIO CALVIÑO INSUA Y LERISBEL JOSE INDRIAGO LUGO, quedando así en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Prefectura de la parroquia el morro del Municipio Arismendi del Estado sucre, en fecha 11 de Mayo del año 2007. Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes....