Este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA PRIMERO: ACUMULAR LAS PENAS impuestas al penado VICTOR MANUEL RIVAS ROMERO, venezolano, de 47 años de edad, nacido en fecha 24-10-1960, natural de Caripe Estado Monagas, de estado civil viudo, de profesión u oficio agricultor, titular de la Cédula de Identidad No. V-8.357.968, hijo de Eladio Rivas y Miguelina Romero, residenciado en el Caserío La Donera, Caripe, casa S/N, Estado Monagas; y las causas RP01-P-2007-001212 y RP01-P-2006-001740, todas seguidas ante este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 482, 479 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal 97 y 88 del Código Penal, quedando en definitiva una pena de VEINTIOCHO (28) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN. SEGUNDO: ACTUALIZAR el cómputo de la pena efectivamente cumplida por el penado hasta la presente f.....