En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA al penado WILLIANS ALEXANDER LOPEZ, el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, en virtud que el mismo fue Condenado por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31, de la Ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; y tal como lo establece el referido artículo, estos delitos no gozarán de los Beneficios Procesales, y en el presente caso la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, es un Beneficio que conlleva impunidad, criterio reiterado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Decisión N° 07-0442, dictada en fecha 22-06-2007.
Por cuanto en la presente causa está fijada pa.....