Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal proveyó el escrito presentado por la ciudadana Lourdes Coromoto Rodríguez Figueroa, asistida por el Abogado MILTON FELCE, de la manera siguiente: 1) Con respecto al merito favorable en autos invocado en el Capitulo II, se acordó valorarla en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido. 2) En relación a las documentales promovidas, se admitió en cuanto ha lugar en derecho se refiere. 3) Con respecto a la prueba de informe, se admitió en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva y asimismo se ordenó oficiar al Director de Recursos Humanos del Ministerio de Planificación. 4) en cuanto a la inspección judicial, este Tribunal la admite por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente.