DISPOSITIVA
por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al los Ciudadano: TIRSO JOSE NARVAEZ REYES , venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 25 años de edad, nacido en fecha: 24-01-1990, soltero, titular de la cédula de Identidad Número V- 24.715.260, oficio Albañil, hija de Tirso Narváez y Yoly Reyes, con domicilio en Calle Las Flores Sector los Cocos Casa S/N después del Bar de los Cocos del estado sucre, por la comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal Venezolano y .....