éste TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme al procedimiento por admisión de los hechos, CONDENA al ciudadano ALEXANDER XAVIER DE LA ROSA LEÓN, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 18.903.096, de oficio Pescador, residenciado en La Llanada Sector 4, Casa Sin N°, al lado del Bombeo, casa de la señora Nancy Rondón, Cumaná, Estado Sucre, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano GREGORIO JOSE MARQUEZ a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias del artículo 13 del Código Penal; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal. Se mantiene la privación judicial preventiva de libertad en contra del acusado de autos,