Este Juzgado Primero de Control de la Sección Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ADMITIR totalmente la Acusación fiscal, conforme a lo establecido en el artículo 578, literal "A", en relación con el artículo 579, literal "B", ambos de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, presentada en contra de OMISSIS, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Leves, previsto en el artículos 416 del Código Penal, en perjuicio de SANDRA MARIA ZABALA FARIAS, SEGUNDO: Se sanciona conforme al Procedimiento por Admisión de los Hechos, contemplado en el artículo 583 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, a OMISSIS, quien manifestó ser venezolano, de 17 años de edad, nacido en fecha 04-05-1995, titular de la Cédula de Identidad Número V-24.715.090, Hijo de Aracy Figueras y Omar Leòn, domiciliado en la calle Flores, sector L.....