Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Protección del Niño, Niñas y Adolescentes y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición propuesta por el ABG. ANTONIO JOSÈ LARA INSERNY, actuando en su carácter de Juez Provisorio del Tribunal de los Municipios Sucre y Cruz Salmeròn Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 18 de Diciembre de Dos Mil Doce.